Ley de Catastro N° 6437 (CABA)
Estado Parcelario en CABA
En la Ciudad de Buenos Aires, el Estado Parcelario es el estado de hecho registrado de una parcela, regulado por la Ley 6437. Se constituye mediante un acto de mensura realizado por un profesional autorizado, y su vigencia debe verificarse antes de cualquier acto de constitución, modificación o transmisión de derechos reales sobre el inmueble.

Qué incluye
- ✓Elementos esenciales registrados: nomenclatura catastral, ubicación georreferenciada, límites, medidas, mejoras y partida inmobiliaria (Art. 49)
- ✓Verificación de subsistencia: 2 años (baldío) o 6 años (edificado), según Art. 52
- ✓El escribano debe transcribir el certificado catastral vigente en la escritura (Art. 54)
- ✓Exento en casos puntuales: barrios en regularización dominial, PROCREAR, entre otros
⏱ Tiempo estimado: 10 a 15 días hábiles aproximadamente (según Catastro CABA)
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Que - Como - Cuando - Porque - Donde
Leer: Sintaxis sobre el Estado Parcelario — Ciudad Autónoma de Buenos Aires →Preguntas frecuentes
- ¿Quién verifica la vigencia al momento de escriturar?
- El escribano interviniente, que debe acreditarla y transcribir el certificado catastral en la escritura (Art. 54).
- ¿Todos los inmuebles necesitan constituirlo?
- No; hay exenciones específicas, como PROCREAR o regularización dominial en barrios determinados.
