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Usucapión

La prescripción adquisitiva (usucapión) permite que quien posee un inmueble durante el plazo que fija la ley —10 o 20 años, según el caso— se convierta en su propietario. El plano de mensura es una pieza técnica indispensable: sin él, el Juzgado no puede individualizar el inmueble ni dictar sentencia.

Usucapión

Qué incluye

⏱ Tiempo estimado: Varía según el proceso judicial; se informa en el presupuesto

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Para saber más

Si usted posee un inmueble desde hace años y nunca pudo escriturar, es posible que pueda regularizar su situación mediante la prescripción adquisitiva.

Leer: Prescripción Adquisitiva (Usucapión) en Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Preguntas frecuentes

¿Sirve pagar impuestos para usucapir?
El pago de impuestos ayuda como prueba, pero por sí solo no otorga la propiedad.
¿Puedo prescribir si tengo boleto de compraventa?
Sí, generalmente encuadra en la prescripción larga de veinte años, salvo que se den condiciones para la breve.
¿Se puede prescribir parte de un terreno?
Sí, siempre que la ocupación esté claramente delimitada y técnicamente mensurada.